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Reglamento CLP 2026: Nuevas clases de peligro y plazos importantes para las empresas

por Biogo Biogo 24 Aug 2026 0 comentarios
Chemikalienbehälter mit CLP-Gefahrenkennzeichnung neben Sicherheitsdatenblatt und Prüfliste in einem professionellen Labor

Un producto químico tiene la misma denominación desde hace años. Sin embargo, su clasificación, etiqueta e información requerida del producto pueden cambiar. La razón no es necesariamente una nueva formulación, sino a menudo requisitos legales adaptados.

Para fabricantes, importadores, formuladores y distribuidores, 2026 es un año de transición importante. Especialmente relevantes son las nuevas clases de peligro de la UE, que serán obligatorias a partir del 1 de mayo de 2026 para las mezclas comercializadas recientemente. Al mismo tiempo, el 1 de noviembre de 2026 finaliza un período transitorio para ciertas sustancias que ya estaban en el mercado antes de mayo de 2025. Otras partes de la gran reforma del CLP, como los nuevos requisitos para el diseño de etiquetas y las ofertas a distancia, se han pospuesto hasta el 1 de enero de 2028.

Esta guía muestra qué cambios son realmente relevantes en 2026, a quién afectan y qué documentos deberían revisar las empresas ahora.

Índice

¿Qué regula el Reglamento CLP?

CLP significa Classification, Labelling and Packaging, en español: Clasificación, Etiquetado y Envasado.

El Reglamento CLP europeo establece normas uniformes sobre cómo las sustancias y mezclas peligrosas:

  • clasificadas,
  • etiquetadas,
  • envasadas,
  • comunicadas dentro de la cadena de suministro

deben ser.

La clasificación describe qué propiedades peligrosas posee una sustancia o mezcla. Por ejemplo:

  • Inflamabilidad,
  • toxicidad aguda,
  • Efecto corrosivo,
  • Sensibilización,
  • Carcinogenicidad,
  • Peligro para el medio acuático.

De la clasificación se derivan los elementos de etiquetado en la etiqueta del producto. Estos pueden incluir:

  • Identificador del producto,
  • pictogramas de peligro,
  • palabra de advertencia,
  • frases H,
  • Frases P,
  • indicaciones de peligro complementarias,
  • Información sobre el proveedor.

El Reglamento CLP se aplica directamente en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Se basa en gran medida en el Sistema Globalmente Armonizado de las Naciones Unidas, el UN-GHS, pero ahora también incluye clases de peligro adicionales que inicialmente solo se aplican en la UE.

¿Por qué es importante 2026 para las empresas?

En relación con el Reglamento CLP, varios cambios ocurren en paralelo. Precisamente eso hace que el tema sea confuso.

Dos etapas de la reforma deben diferenciarse:

Nuevas clases de peligro según el Reglamento (UE) 2023/707

Estas clases de peligro afectan, entre otras:

  • propiedades de alteración endocrina,
  • Persistencia y bioacumulación,
  • alta movilidad en el medio ambiente.

Para ciertas sustancias ya se aplican las nuevas normas. Para las mezclas comercializadas recientemente, la aplicación obligatoria comienza el 1 de mayo de 2026. Para ciertas sustancias ya comercializadas antes del 1 de mayo de 2025, el período transitorio finaliza el 1 de noviembre de 2026.

Revisión exhaustiva del CLP según el Reglamento (UE) 2024/2865

Esta reforma afecta, entre otros aspectos:

  • el diseño de etiquetas,
  • etiquetado digital,
  • Etiquetas plegables,
  • Publicidad,
  • Ofertas en línea y venta a distancia,
  • Estaciones de recarga,
  • Plazos para la actualización de etiquetados,
  • Sustancias con múltiples componentes.

Una parte de estas normas ya está en vigor desde el 10 de diciembre de 2024. Sin embargo, determinados requisitos sobre etiquetado, publicidad y venta a distancia se han pospuesto al 1 de enero de 2028 mediante el Reglamento (UE) 2025/2439.

Para las empresas, esto significa: no basta con hablar genéricamente de las 'nuevas reglas CLP 2026'. Cada obligación concreta debe verificarse con su propia fecha de aplicación.

¿Qué nuevas clases de peligro se introdujeron?

Con el Reglamento Delegado (UE) 2023/707 se incorporaron clases de peligro adicionales al Reglamento CLP.

Afectan a:

  • disrupción endocrina con efecto sobre la salud humana,
  • disrupción endocrina con efecto sobre el medio ambiente,
  • sustancias persistentes, bioacumulables y tóxicas – PBT,
  • sustancias muy persistentes y muy bioacumulables – vPvB,
  • sustancias persistentes, móviles y tóxicas – PMT,
  • sustancias muy persistentes y muy móviles – vPvM.

Estas clases pretenden captar peligros que no siempre se hicieron suficientemente visibles con las categorías anteriores. Entre ellos se incluyen, en particular, los efectos a largo plazo sobre los sistemas hormonales y el medio ambiente, así como las propiedades de las sustancias que favorecen una dispersión amplia y persistente.

Una particularidad: para estas nuevas clases de peligro, inicialmente exclusivamente europeas, no se introdujeron nuevos pictogramas GHS. La comunicación se realiza, entre otros medios, mediante indicaciones de peligro y los demás elementos de etiquetado obligatorios.

Disruptores endocrinos: efecto sobre el ser humano y el medio ambiente

Los disruptores endocrinos son sustancias o mezclas que afectan al sistema hormonal y pueden provocar efectos nocivos.

El sistema endocrino controla numerosos procesos en el cuerpo, por ejemplo:

  • Crecimiento,
  • Metabolismo,
  • Reproducción,
  • Desarrollo,
  • vías de señalización hormonal.

Las nuevas categorías CLP distinguen entre efectos sobre la salud humana y efectos sobre el medio ambiente.

Categoría 1

Esta categoría incluye sustancias en las que se conoce o se presume un efecto de alteración endocrina.

Categoría 2

Esta categoría se refiere a sustancias en las que se sospecha un efecto de alteración endocrina.

La clasificación depende de la evidencia científica disponible y de los criterios CLP correspondientes. No debe deducirse únicamente de un resultado de prueba individual, de una designación general de grupo de sustancias o de una indicación de base de datos no verificada.

Para las empresas, esto significa: los datos de las sustancias, las clasificaciones armonizadas y la información de los proveedores deben verificarse periódicamente para detectar actualizaciones.

Sustancias PBT y vPvB

PBT significa:

  • persistente,
  • bioacumulable,
  • tóxico.

Una sustancia PBT se degrada difícilmente en el medio ambiente, puede acumularse en organismos y posee a la vez propiedades tóxicas.

vPvB steht für:

  • muy persistente,
  • vPvB significa:

En estas sustancias, se destaca especialmente la combinación de una persistencia ambiental muy larga y una fuerte acumulación.

Tales propiedades son problemáticas porque:

  • las emisiones pueden persistir durante largos períodos,
  • las sustancias pueden acumularse a lo largo de las cadenas alimentarias,
  • las consecuencias solo se vuelven visibles con retraso,
  • puede ser difícil o imposible su posterior eliminación del medio ambiente.

El nuevo etiquetado CLP hace que estas propiedades sean más visibles dentro de la cadena de suministro y para los usuarios.

Sustancias PMT y vPvM

PMT significa:

  • persistente,
  • móvil,
  • tóxico.

vPvM significa:

  • muy persistente,
  • muy móvil.

Mientras que en las sustancias PBT y vPvB la bioacumulación es el punto central, en las sustancias PMT y vPvM la movilidad juega un papel central.

Las sustancias móviles pueden propagarse, por ejemplo, a través de:

  • Agua,
  • Suelo,
  • Aguas subterráneas,
  • Aguas superficiales

propagarse.

En combinación con una alta persistencia, esto puede hacer que las sustancias permanezcan en los ciclos del agua durante largos períodos y sean difíciles de eliminar mediante procesos de tratamiento clásicos.

Para los fabricantes e importadores, la nueva clasificación significa que no solo se evalúan la toxicidad aguda o los efectos ambientales directos. También cobra importancia el comportamiento a largo plazo de una sustancia en el medio ambiente.

¿Qué plazos se aplican a las sustancias?

Para las sustancias se aplican dos fechas importantes.

Sustancias que se comercialicen por primera vez a partir del 1 de mayo de 2025

Estas sustancias ya deben clasificarse y etiquetarse según las nuevas clases de peligro.

Esto afecta a los productos que se pusieron por primera vez en el mercado de la UE a partir de esa fecha.

Sustancias que ya se comercializaron antes del 1 de mayo de 2025

Para estas existencias se aplica un período transitorio hasta el 1 de noviembre de 2026.

A partir de esta fecha, estas sustancias también deben cumplir los nuevos requisitos, siempre que estén incluidas en las nuevas clases de peligro.

Eso no significa que cada envase antiguo reciba automáticamente una nueva característica de peligro. Primero debe verificarse si la clasificación de la sustancia concreta se ve afectada.

¿Qué plazos se aplican a las mezclas?

Para las mezclas se aplican períodos transitorios más largos.

Mezclas que se comercialicen por primera vez a partir del 1 de mayo de 2026

A partir de esa fecha, deben clasificarse y etiquetarse teniendo en cuenta las nuevas clases de peligro.

Por lo tanto, el 1 de mayo de 2026 es especialmente importante para:

  • Formuladores,
  • Importadores de mezclas,
  • Fabricantes de productos químicos de limpieza y de proceso,
  • Proveedores de preparados químicos,
  • Empresas que comercializan marcas propias.

Mezclas que ya estaban en el mercado antes del 1 de mayo de 2026

Para estas mezclas se aplica un período transitorio hasta el 1 de mayo de 2028.

Hasta entonces, los productos ya comercializados pueden seguir poniéndose a disposición según las normas anteriores bajo ciertas condiciones.

Importante es la redacción «ya comercializado». Un producto que solo se ha fabricado o almacenado internamente no se ha puesto a disposición en el mercado en el sentido legal automáticamente.

En caso de incertidumbre, se debe documentar el flujo concreto de mercancías y examinarlo por expertos.

¿Qué se ha pospuesto hasta 2028?

La gran revisión de CLP de 2024 incluía nuevos requisitos que originalmente debían volverse obligatorios en parte en 2026 o 2027.

Mediante el Reglamento (UE) 2025/2439 se pospusieron ciertos requisitos hasta el 1 de enero de 2028. Esto incluye, en particular, disposiciones sobre:

  • especificaciones de formato obligatorias para las etiquetas,
  • requisitos específicos para publicidad,
  • obligaciones de información en ventas a distancia,
  • plazos específicos para la actualización de etiquetas,
  • del etiquetado en puntos de llenado y reabastecimiento.

Esto es especialmente importante para las tiendas en línea. Información anterior, según la cual todos los nuevos requisitos para las páginas de productos ya serían obligatorios en 2026, puede estar ahora desactualizada.

Sin embargo, el aplazamiento no significa que no existan obligaciones de CLP en el comercio electrónico hasta 2028. Los requisitos ya existentes sobre clasificación correcta, etiquetado de productos, envasado y comunicación de peligros siguen vigentes.

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A la categoría

¿Quién es responsable de la clasificación y el etiquetado?

La responsabilidad depende del rol dentro de la cadena de suministro.

CLP afecta, entre otros, a:

  • Fabricantes,
  • Importadores,
  • Usuarios intermedios,
  • Formuladores,
  • Distribuidores,
  • ciertos productores e importadores de artículos.

Las sustancias y mezclas peligrosas deben clasificarse, etiquetarse y envasarse correctamente antes de su comercialización. Para que la información correcta llegue al usuario final, toda la cadena de suministro debe colaborar.

Un distribuidor normalmente no realiza una reclasificación completa cuando revende un producto sin cambios. Sin embargo, debe asegurarse de que el etiquetado y el embalaje cumplan con los requisitos vigentes.

Tan pronto como una empresa:

  • reenvasa,
  • reeiqueta,
  • comercializa bajo su propia marca,
  • importa,
  • mezcla,
  • modifica su composición,

pueden surgir responsabilidades mucho más amplias.

¿Qué deben verificar los fabricantes e importadores?

Los fabricantes e importadores deben revisar al menos los siguientes puntos:

Portafolio de sustancias

¿Qué sustancias y mezclas se comercializan en la UE?

Esto incluye también aclarar si un producto:

  • una sustancia única,
  • una sustancia con múltiples componentes,
  • una mezcla,
  • un artículo

es.

Datos actuales de sustancias

¿Hay nueva información disponible sobre:

  • propiedades de alteración endocrina,
  • Persistencia,
  • Bioacumulación,
  • Movilidad,
  • ¿Toxicidad?

Clasificación armonizada

¿Existe una clasificación armonizada en el anexo VI del Reglamento CLP?

Una clasificación armonizada es vinculante para las clases de peligro cubiertas allí. Otros peligros deben evaluarse adicionalmente mediante autoclasificación si es necesario.

Etiquetado

¿Coinciden la etiqueta, la ficha de datos de seguridad y los datos internos del producto?

Embalaje

¿Cumple el embalaje aún los requisitos relacionados con el producto, por ejemplo en cuanto a:

  • estanqueidad,
  • resistencia del material,
  • cierres de seguridad para niños,
  • ¿advertencias de peligro táctiles?

Documentación

Se puede reconstruir:

  • en qué datos se basa la clasificación,
  • cuándo fue verificada,
  • qué versión de la etiqueta se utiliza,
  • a partir de qué fecha se puso un producto en el mercado?

¿Qué se aplica para formuladores y usuarios intermedios?

Los formuladores fabrican mezclas a partir de sustancias u otras mezclas.

Para ellos, el 1 de mayo de 2026 es especialmente relevante. Las mezclas puestas en el mercado a partir de esa fecha deben evaluarse según las nuevas clases de peligro.

Para ello no basta con copiar la etiqueta anterior.

Se deben verificar, entre otros:

  • clasificaciones de los componentes individuales,
  • límites de concentración,
  • datos disponibles sobre la mezcla completa,
  • principios de transferencia,
  • interacciones entre componentes,
  • nuevos datos de fichas de datos de seguridad actualizadas.

Si un formulador recibe una ficha de datos de seguridad actualizada para una materia prima, se debe verificar si la clasificación de su propia mezcla se ve afectada.

Una clasificación modificada de la materia prima no conduce automáticamente en todos los casos a una nueva clasificación de la mezcla. Sin embargo, debe ser evaluada técnicamente.

¿Qué obligaciones tienen los distribuidores y las tiendas en línea?

Los distribuidores no deben confiarse únicamente de que un producto se haya estado vendiendo durante años.

Deben controlar:

  • ¿Está el producto correctamente etiquetado?
  • ¿Son las etiquetas legibles?
  • ¿Coinciden el nombre del producto y el identificador del producto?
  • ¿Está el embalaje en perfecto estado?
  • ¿Se dispone de una ficha de datos de seguridad actualizada, si es necesario?
  • ¿Se ha adoptado una nueva clasificación del proveedor?
  • ¿Están claramente separadas las versiones antiguas y nuevas del producto en el almacén?
  • ¿Coinciden los datos de la tienda, la etiqueta del producto y los documentos?

En las importaciones desde países no pertenecientes a la UE, la empresa importadora asume regularmente una responsabilidad mucho mayor que un mero distribuidor dentro de la UE.

También en la venta bajo marca propia no se puede asumir automáticamente que el proveedor original asume todas las obligaciones para la nueva presentación en el mercado.

¿Deben modificarse inmediatamente las etiquetas existentes?

No todas las etiquetas deben ser reemplazadas de manera general en el año 2026.

Son decisivos:

  • sustancia o mezcla,
  • fecha de puesta en el mercado,
  • clase de peligro afectada,
  • período de transición existente,
  • posibles nuevas informaciones científicas,
  • Rol de la empresa.

Para las mezclas recién comercializadas, las nuevas clases de peligro se aplican a partir del 1 de mayo de 2026. Para ciertas mezclas más antiguas existe un período de transición hasta el 1 de mayo de 2028. En el caso de sustancias más antiguas, el correspondiente período de transición ya finaliza el 1 de noviembre de 2026.

Por lo tanto, una modificación masiva general de todas las etiquetas es tan arriesgada como esperar completamente.

Es recomendable una matriz por producto con:

  • nombre del producto,
  • sustancia o mezcla,
  • clasificación anterior,
  • nueva evaluación,
  • fecha de puesta en el mercado,
  • fin del período de transición,
  • cambio de etiqueta requerido,
  • persona responsable.

¿Qué impactos hay en las fichas de datos de seguridad?

Si cambia la clasificación de una sustancia o mezcla, se debe comprobar si también es necesario actualizar la ficha de datos de seguridad.

Pueden verse especialmente afectados:

  • Sección 2: Posibles peligros,
  • Sección 3: Composición e ingredientes,
  • Sección 11: Información toxicológica,
  • Sección 12: Información sobre el medio ambiente,
  • Sección 15: Disposiciones legales,
  • Sección 16: Cambios y otras indicaciones.

También los documentos operativos pueden necesitar ser adaptados:

  • inventario de sustancias peligrosas,
  • evaluación de riesgos,
  • instrucción operativa,
  • concepto de almacenamiento,
  • documentos de formación,
  • Medidas de emergencia.

Una etiqueta nueva por sí sola no es suficiente si los documentos internos siguen utilizando una clasificación desactualizada.

¿Qué significan los cambios para el comercio en línea?

La reforma del CLP fortalece fundamentalmente la comunicación de peligros en las ofertas digitales y en las ventas a distancia. Sin embargo, ciertas nuevas obligaciones de información y formato se han pospuesto hasta el 1 de enero de 2028.

Sin embargo, los comerciantes en línea ya deberían estructurar sus datos de producto.

Los campos importantes son:

  • nombre de producto inequívoco,
  • identidad de la sustancia o mezcla,
  • concentración,
  • palabra de advertencia,
  • pictogramas de peligro,
  • frases H,
  • indicaciones de peligro complementarias,
  • ficha de datos de seguridad,
  • proveedor responsable,
  • Versión y fecha de actualización.

Los textos de producto gestionados manualmente son especialmente propensos a errores. Si se actualiza una etiqueta, a menudo la clasificación anterior sigue siendo visible en la tienda en línea.

Es mejor una fuente de datos centralizada, de la cual:

  • etiquetas,
  • páginas de producto,
  • ofertas en marketplaces,
  • documentos de seguridad,
  • datos maestros internos.

actualizarse de manera consistente.

Errores típicos en la implementación.

Vincular todos los cambios del CLP con una sola fecha.

Las nuevas clases de peligro y la amplia reforma del CLP tienen plazos diferentes.

Una empresa debe examinar cada obligación individual por separado.

Controlar solo los productos nuevos.

Incluso las sustancias ya existentes pueden verse afectadas después del vencimiento de un período de transición.

Para ciertas sustancias antiguas, el 1 de noviembre de 2026 es relevante.

Modificar la etiqueta, olvidar la ficha de datos de seguridad.

Una nueva clasificación debe implementarse de manera consistente en todos los documentos asociados.

Mantener por separado la etiqueta del producto y la tienda en línea.

Esto genera declaraciones de peligro contradictorias.

Asumir información de proveedores sin verificar

El proveedor es una fuente importante de información. Sin embargo, su propia empresa debe verificar qué obligaciones surgen de su función.

Confundir importación con comercio dentro de la UE

Quien introduce un producto de un tercer país en la UE no es solo un revendedor. Puede ser responsable como importador de la clasificación, etiquetado y embalaje.

No documentar los inventarios existentes

Sin una fecha verificable de comercialización, resulta difícil evaluar si se puede utilizar un período transitorio.

Equiparar nuevas clases de peligro con nuevos pictogramas

Las nuevas clases de peligro de la UE actualmente no tienen sus propios pictogramas GHS adicionales.

Usar resúmenes obsoletos

Los datos de aplicación de ciertas regulaciones se modificaron nuevamente a finales de 2025. Por lo tanto, el material informativo de 2024 o de la primera mitad de 2025 puede no estar actualizado para plazos específicos.

Lista de verificación práctica de CLP para empresas

Verifique para cada producto:

  • ¿Se trata de una sustancia o una mezcla?
  • ¿Qué función tiene su empresa: fabricante, importador, formulador o distribuidor?
  • ¿Cuándo se comercializó el producto por primera vez?
  • ¿Es aplicable un período transitorio?
  • ¿Se han verificado las nuevas clases de peligro?
  • ¿Se dispone de datos actualizados sobre alteración endocrina?
  • ¿Se han evaluado las propiedades PBT, mPmB, PMT y mPmM?
  • ¿Existe una clasificación armonizada?
  • ¿Coinciden la etiqueta y la hoja de datos de seguridad?
  • ¿Están actualizadas las frases H y P?
  • ¿Está disponible la hoja de datos de seguridad en el idioma requerido?
  • ¿Debe actualizarse el registro de sustancias peligrosas?
  • ¿Debe ajustarse la evaluación de riesgos?
  • ¿Están separadas en el almacén las versiones antiguas y nuevas de las etiquetas?
  • ¿Coinciden los datos del producto en la tienda en línea con el envase?
  • ¿Están documentados todos los cambios y decisiones de revisión?
  • ¿Se ha designado a una persona responsable de la implementación?

2026 no es un año en el que todos los requisitos de CLP se reescriban simultáneamente. Pero es un año crucial para las nuevas clases de peligro.

Para las mezclas comercializadas recientemente, estas se aplican a partir del 1 de mayo de 2026. Para ciertas sustancias más antiguas, el período transitorio finaliza el 1 de noviembre de 2026. Al mismo tiempo, se han pospuesto ciertos nuevos requisitos de etiquetado, publicidad y venta a distancia hasta el 1 de enero de 2028.

Por lo tanto, las empresas no deben comenzar con una acción genérica de etiquetado. El mejor camino es una revisión estructurada del producto: capturar el portafolio, aclarar roles, asignar plazos, verificar la clasificación y actualizar sincrónicamente todos los canales de comunicación.

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